Minutos después de las once de la noche del 2 de octubre de 2018 Manuel L.N., de 50 años, se dirigió hacia un inmueble abandonado de la calle Escultor Ruiz Gijón de Alcalá de Guadaíra, que llevaba ocupada de forma ilegal desde agosto de 2017 por un anciano. Iba borracho y le pidió poder entrar para dormir esa noche. El inquilino rechazó la petición y Manuel le amenazó: «ahora te vas a enterar». Minutos después volvió y le prendió fuego a la casa, donde en esos momentos había tres personas, poniendo en riesgo la vida de éstos. Aunque el acusado no conocía que además del inquilino en la vivienda hubiera dos okupas más.
Así describe lo sucedido aquella noche en Alcalá de Guadaíra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de #Sevilla, a la que ha tenido acceso este periódico. Y por estos hechos, el tribunal ha condenado a Manuel L.N. a cuatro años de cárcel por un delito de incendio en concurso ideal con un delito intentado de homicidio. Además, el tribunal, que ha apreciado la eximente incompleta de intoxicación etílica en el acusado, le obliga a indemnizar a la propietaria de la casa en 13.200 euros por los daños. El condenado se encuentra en prisión preventiva por estos hechos
No obstante, la Sala lo ha absuelto de otros dos delitos de homicidio en grado de tentativa de los que fue juzgado por poner en riesgo la vida de la pareja que aquella noche se encontraba en el inmueble pues no ha quedado acreditado que el acusado supiera esta circunstancia.
Después se fue a dormir
La negativa del inquilino al acusado para que pasara allí la noche llevó a éste a amenazar al okupa, un varón octogenario. Se marchó del lugar y regresó a los pocos minutos con un mechero con el que «aplicó una llama directa sobre los elementos que servían de puerta de la única entrada y salida de la vivienda, somieres y telas». Además, allí se amontonaban numerosos enseres.Todos los elementos necesarios para que el incendio se propagara con rapidez.
El fuego hizo que los tres okupas quedarán encerrados en la planta de arriba, siendo necesaria la intervención de policías y bomberos para sofocar el incendio y rescatar a los afectados. Como consecuencia del humo y las llamas estuvieron expuestos a un grave riesgo para su integridad física y, por supuesto, para sus vidas. El acusado, bajo los efectos de «una abundante» ingesta de alcohol aquella noche, después de prender fuego a la casa se fue y se quedó dormido en un banco de un parque cercano.
El tribunal, en el fallo, explica que en esta causa no existen testigos directos de la actuación del acusado, pero el derecho a la presunción de inocencia no se opone a que la convicción judicial en un juicio pueda formarse sobre pruebas indiciarias. Esto es lo que ha pasado en esta causa, donde el tribunal no alberga duda de la existencia de la mano del hombre detrás del fuego y de la autoría del condenado. Además, otorgan toda credibilidad a los tres afectados.
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fuente: abc de #sevilla